En Perú, los días feriados como el 23, 28 y 29 de julio son fechas clave para los trabajadores, ya que pueden implicar un pago triple si se labora en estas jornadas. Según la legislación peruana, los empleados del sector público y privado tienen derechos específicos relacionados con los días no laborables.
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¿Qué son los feriados del 23, 28 y 29 de julio?
Los feriados nacionales en Perú son días de descanso remunerado establecidos por ley. El 23 de julio se conmemora el Día de la Fuerza Aérea del Perú, en honor al acto heroico del Capitán FAP José Abelardo Quiñones Gonzales. Por otro lado, los días 28 y 29 de julio celebran el aniversario de la Independencia del Perú, fechas emblemáticas para el país. Estos días son considerados no laborables, lo que significa que los trabajadores tienen derecho a descansar sin descuento en su salario o, en caso de trabajar, a recibir una compensación especial.
¿Cómo funciona el pago triple por trabajar en un feriado?
Según el artículo 6 del Decreto Legislativo N.º 713, conocido como la Ley de Descansos Remunerados, los trabajadores que laboren en un feriado nacional sin recibir un descanso sustitutorio tienen derecho a una triple remuneración. Este beneficio se desglosa de la siguiente manera:
- Remuneración ordinaria: Corresponde al día feriado y ya está incluida en el sueldo mensual.
- Sobretasa del 100 %: Se paga por el trabajo realizado durante el feriado.
- Remuneración adicional: Se otorga por laborar en un día considerado no laborable.
Por ejemplo, si un trabajador gana S/ 100 diarios y labora el 23, 28 o 29 de julio sin descanso compensatorio, recibirá: S/ 100 por el feriado (incluido en su salario), S/ 100 por la sobretasa y S/ 100 adicionales por trabajar ese día. En total, percibirá S/ 300 por cada feriado trabajado.
¿Cuándo no aplica el pago triple por feriado?
Existen excepciones importantes que los trabajadores deben conocer:
- Descanso sustitutorio: Si el empleador otorga un día de descanso en otra fecha como compensación por el feriado trabajado, el empleado no recibirá el pago triple, sino solo su salario habitual.
- Coincidencia con descanso semanal: Si el 23, 28 o 29 de julio coincide con el día de descanso semanal obligatorio del trabajador, este solo percibirá su remuneración ordinaria (por ejemplo, S/ 100), sin derecho a pagos adicionales por el feriado.











