La llegada de julio marca una fecha clave para los trabajadores formales en el Perú: el pago de la gratificación por Fiestas Patrias. Pero, ¿qué sucede con aquellos que renunciaron o fueron despedidos antes del 30 de junio? De acuerdo con la legislación laboral vigente, estos colaboradores también tienen derecho a percibir la gratificación proporcional, siempre que hayan estado en planilla y hayan trabajado al menos un mes completo en el semestre correspondiente.
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Gratificación proporcional: ¿Quiénes pueden recibirla?
Según la normativa peruana, todo trabajador formal que haya laborado al menos un mes entre enero y junio, y cuyo vínculo laboral haya finalizado antes del 30 de junio, debe recibir el pago proporcional de la gratificación. Esto aplica tanto para quienes renunciaron voluntariamente como para quienes fueron cesados por decisión de la empresa.
“Igual le corresponde la gratificación proporcional por los meses completos trabajados, siempre y cuando haya estado en planilla. En ese caso, la empresa tiene que pagar ese monto junto con la liquidación”, señala una especialista laboral.
Este pago forma parte de la liquidación por cese, por lo que debe realizarse al momento de finalizar la relación laboral y dentro de los plazos establecidos por ley.
¿También se puede recibir la gratificación de diciembre de forma proporcional?
Sí. Si un trabajador cesa su vínculo laboral en julio o meses posteriores, tiene derecho también a recibir la parte proporcional de la gratificación navideña, correspondiente al período trabajado entre julio y diciembre. Esta fracción también debe ser incluida en la liquidación que entrega la empresa.
¿Cómo influye un cambio de sueldo en el cálculo de la gratificación?
Un aspecto importante a tener en cuenta es que un aumento o reducción salarial durante el semestre afecta el monto final de la gratificación. La especialista laboral, Chipana, explica que en estos casos el área contable de la empresa realiza un cálculo dividido:
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Se calcula la proporción correspondiente al tiempo en que el trabajador recibió el sueldo anterior (por ejemplo, S/ 4.000 hasta marzo).
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Luego, se calcula la gratificación proporcional con base en el nuevo sueldo (por ejemplo, si desde abril se perciben S/ 5.000).
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Finalmente, ambos montos se suman para obtener el total a pagar por gratificación proporcional.
Este método permite que el trabajador reciba un cálculo justo, considerando los ingresos percibidos durante los distintos períodos.
¿Qué hacer si la empresa no paga la gratificación proporcional?
En caso de que el empleador no cumpla con el pago de la gratificación proporcional, el trabajador tiene dos caminos legales para hacer valer su derecho:
1. Sunafil (Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral)
Es la vía más rápida y recomendable, según la experta.
“Se puede ir a denunciar a Sunafil. De hecho, es la primera instancia y la más recomendable porque es mucho más célere. Los plazos que maneja Sunafil son mucho más cortos y, de alguna manera, también la empresa toma en cuenta estas denuncias porque ninguna quiere tener un récord de denuncias en Sunafil, lo cual también la desprestigia”, explica.
2. Poder Judicial
Es la vía más formal, pero también más lenta y compleja. Se recomienda acudir al Poder Judicial solo si no se logra solución con Sunafil o si el empleador incumple reiteradamente otras obligaciones laborales.
¿Cuál es el plazo para pagar la gratificación proporcional?
La gratificación proporcional debe ser abonada junto con la liquidación de beneficios sociales, dentro de un plazo máximo de 48 horas hábiles después del término de la relación laboral, según la Ley de Productividad y Competitividad Laboral.
En caso contrario, el trabajador puede iniciar una denuncia por incumplimiento de obligaciones laborales.
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Recomendaciones finales para trabajadores cesados
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Verifica tu planilla: asegúrate de que tu empleador te registró correctamente.
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Solicita tu boleta de liquidación: este documento debe reflejar el pago proporcional de gratificación.
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Reúne pruebas: en caso de incumplimiento, guarda contratos, boletas de pago y comunicaciones laborales.
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Denuncia si es necesario: ante la omisión del pago, acude primero a Sunafil, ya que puede actuar en pocos días.











