La promulgación de la ley que permite el octavo retiro de fondos de las AFP ya es oficial en el diario El Peruano. Desde ahora, los afiliados al sistema privado de pensiones podrán disponer de hasta cuatro unidades impositivas tributarias (4 UIT) de sus cuentas individuales. Sin embargo, el desembolso aún no puede realizarse: falta que la SBS apruebe el reglamento operativo, documento clave que permitirá habilitar las solicitudes.
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¿Cuál es la fecha límite que tiene la SBS para aprobar el reglamento?
La norma establece que la SBS dispone de 30 días calendario para aprobar el procedimiento operativo del retiro extraordinario. Dado que la ley entró en vigencia el 21 de septiembre de 2025, el plazo máximo vence el lunes 20 de octubre de 2025. Sin este reglamento, las AFP no pueden activar sus plataformas de solicitud. En anteriores retiros, la entidad publicó el procedimiento antes de la fecha límite, lo que agilizó la entrega de los fondos.
¿Quiénes pueden retirar hasta 4 UIT?
La medida es universal y facultativa. Esto significa que todos los afiliados al Sistema Privado de Pensiones, sin importar su edad, estado laboral o nivel de aportes, podrán presentar la solicitud. El monto máximo de retiro es de 4 UIT, equivalente aproximadamente a S/ 20,600 de acuerdo con el valor actual de la UIT.
¿Cómo será el procedimiento de solicitud?
Aunque el reglamento todavía no se publica, la ley ya detalla la ruta básica para la solicitud del retiro de fondos:
- Los afiliados podrán registrar su solicitud de forma virtual o presencial, según disponga cada AFP.
- El plazo para solicitar será de 90 días calendario desde la publicación del reglamento de la SBS.
- Los desembolsos se realizarán en cuatro armadas de 1 UIT cada una.
- El primer depósito se entregará 30 días después de la solicitud presentada ante la AFP.
- El afiliado podrá desistir del retiro en cualquier momento, siempre que lo comunique a su AFP con al menos 10 días de anticipación al siguiente desembolso.
¿Cuándo se entregarían los primeros pagos?
De cumplirse los plazos, los primeros desembolsos podrían iniciar en noviembre de 2025. Según proyecciones financieras, el cronograma tentativo sería el siguiente:
- Primera UIT: 5 de noviembre de 2025
- Segunda UIT: 5 de diciembre de 2025
- Tercera UIT: 4 de enero de 2026
- Cuarta UIT: 3 de febrero de 2026
Estos plazos son referenciales y dependen de la publicación oficial del reglamento por parte de la SBS.
¿Qué pasa si no quiero retirar mi dinero?
El retiro es opcional. Ningún afiliado está obligado a retirar sus fondos. Aquellos que prefieran mantener sus ahorros en su cuenta individual pueden hacerlo sin ningún inconveniente. La decisión dependerá de las necesidades y expectativas de cada persona respecto a su jubilación.
¿Este retiro afecta la pensión mínima?
La ley precisa que este retiro es extraordinario y facultativo, por lo que no afecta los beneficios previsionales, como la pensión mínima de S/600. Los afiliados que opten por retirar su dinero seguirán teniendo derecho a esta pensión garantizada, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.











