La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aclaró cómo se ajusta el retiro del 25 % de los fondos de pensiones destinado a la compra o amortización de una vivienda cuando el afiliado también solicita el retiro libre de hasta cuatro UIT, según la Ley del octavo retiro.
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La SBS explicó que ambos retiros pueden gestionarse al mismo tiempo. Sin embargo, si un afiliado ya inició el trámite para usar el 25 % de su fondo para vivienda y decide luego solicitar el retiro libre, la AFP recalcula el monto para vivienda descontando el dinero que ya retiró bajo la modalidad libre.
En otras palabras, si el afiliado primero retira parte de su fondo por la Ley del octavo retiro, el 25 % para vivienda se calculará sobre el saldo restante. Esto evita que el total retirado supere los límites establecidos.
Con esta adecuación, la SBS busca cumplir con la Ley 32123 y su reglamento. La norma publicada en el diario oficial El Peruano señala que la expresión “primer inmueble” debe entenderse como “único inmueble urbano, cuya finalidad sea la de casa habitación”.
Además, la SBS precisó que solo se considera inmueble urbano aquel inscrito o inscribible en el Registro de Predios de la Sunarp, clasificado como predio urbano y destinado para casa habitación.
La disposición del 25 % puede destinarse a la cuota inicial para la compra del inmueble o a la amortización de un crédito hipotecario vigente. Este crédito debe ser otorgado por una entidad del sistema financiero o una cooperativa autorizada que opere únicamente con sus socios.
La SBS aclaró que estos dos mecanismos de retiro no se excluyen mutuamente. Sin embargo, el monto disponible para cada uno se ajusta automáticamente para evitar sobrepasar el total del fondo acumulado.
La entidad recomendó a los afiliados planificar adecuadamente sus solicitudes para aprovechar mejor sus fondos. Este ajuste busca facilitar trámites ágiles y eficientes, garantizando claridad en el uso de los recursos previsionales.










