Miles de adultos mayores fonavistas experimentaron un momento de alegría el 28 de agosto de 2025, cuando se confirmó oficialmente la aprobación del Reintegro 4 del Fonavi. Este nuevo grupo de beneficiarios representa la continuidad del proceso de devolución de aportes que durante años estuvieron retenidos en el Fondo Nacional de Vivienda. Sin embargo, la realidad es que muchos exaportantes aún no pueden acceder a sus recursos debido a que no han sido incluidos en los padrones oficiales aprobados por la Comisión Ad Hoc. Para determinar si formarán parte de una futura lista de beneficiarios, es fundamental que los interesados consulten regularmente la plataforma web oficial del Fonavi y comprendan el significado de los códigos alfabéticos que aparecen en su estado de inscripción.
PUEDES LEER ► Reintegro 4: ¿Quiénes integran el cuarto grupo del Fonavi?
¿Qué significan las letras A, B, C, D y E en la página oficial del Fonavi?
El sistema de códigos alfabéticos implementado por la Secretaría Técnica del Fonavi permite a los usuarios conocer el estado exacto de su solicitud y los pasos que deben seguir para completar su proceso de inscripción. Estos códigos funcionan como un semáforo que indica el avance del expediente de cada fonavista, proporcionando información clara sobre las acciones necesarias para garantizar su futura inclusión en los padrones de beneficiarios.
Letra A: Acreditación anticipada de aportes para empresas extintas
Los fonavistas con código A son aquellos que trabajaron en empresas que ya no existen y no se encuentran jubilados actualmente. Esta situación particular requiere que el exaportante se dirija directamente a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) para solicitar una acreditación anticipada de sus aportes. Durante este proceso, la ONP verifica minuciosamente la información laboral del solicitante y, tras confirmar la veracidad de los datos, emite una resolución oficial que reconoce un período determinado de aportes. Esta resolución tiene validez automática ante la Comisión Ad Hoc, facilitando significativamente el proceso de inclusión en futuros padrones del Reintegro.
Letra B: Verificación de información del exempleador
El código B indica que la información proporcionada por el exempleador del fonavista se encuentra actualmente en proceso de verificación por parte de la Secretaría Técnica. Esta etapa representa un momento crucial en el proceso, ya que de confirmarse la veracidad de los datos presentados, la entidad evaluará automáticamente la inclusión del solicitante en un futuro padrón de beneficiarios. Los fonavistas que presentan esta letra pueden estar tranquilos, pues el código B prácticamente asegura el futuro cobro de aportes, siempre y cuando la documentación sea correcta y completa.
Letra C: Falta de información del exempleador
Cuando aparece la letra C en el sistema, significa que el exempleador del fonavista no ha enviado la información correspondiente que debe ser revisada por la Secretaría Técnica. Esta situación requiere una acción inmediata por parte del exaportante, quien debe comunicarse directamente con su exempleador y solicitar formalmente que envíe todos los datos requeridos. Es importante actuar con rapidez en estos casos, ya que la demora en el envío de información puede retrasar considerablemente la inclusión en futuros padrones.
Letra D: Información incompleta o incorrecta
El código D señala que la información del formulario 1 relacionada con el empleador necesita ser corregida debido a que no está completa o contiene errores. Las causas más comunes de este código incluyen datos mal completados en el formulario inicial, empresas que el fonavista declaró pero que han desaparecido del registro oficial, o casos donde el solicitante aún no se ha jubilado. Los beneficiarios con esta letra deben revisar cuidadosamente su documentación y corregir cualquier inconsistencia antes de volver a presentar su solicitud.
Letra E: Información recibida y en proceso
La letra E representa una de las situaciones más favorables para el fonavista, ya que indica que el exempleador ha enviado exitosamente la información requerida a la Secretaría Técnica, la cual ya confirmó su recepción. Los beneficiarios con este código se encuentran en proceso de ser incluidos en un padrón, lo que significa que están muy cerca de formar parte de un futuro grupo de Reintegro.
¿Quiénes pueden acceder al Reintegro 4 del Fonavi en 2025?
Los beneficiarios del cuarto Reintegro fueron cuidadosamente seleccionados según criterios específicos establecidos en la resolución administrativa N.º 490-2025/CAH-LEY N.º 29625. Este grupo incluye a fonavistas que tienen 68 años como mínimo, personas con discapacidad oficialmente reconocida, y aquellos que padecen enfermedades graves o terminales debidamente certificadas. Adicionalmente, los herederos de exaportantes fallecidos que cumplieron 89 años o más hasta el 31 de julio de 2025 también tienen derecho a cobrar los aportes correspondientes en el Banco de la Nación.
El proceso de consulta del estado de inscripción debe realizarse regularmente a través de la plataforma oficial de la Secretaría Técnica del Fonavi, donde los usuarios pueden verificar su código alfabético y tomar las acciones necesarias según corresponda. Esta herramienta digital se ha convertido en el principal canal de comunicación entre la entidad y los fonavistas, proporcionando transparencia y claridad en todo el proceso de reintegro de aportes.










