El Poder Ejecutivo aprobó el Decreto de Urgencia 033-2020 por el cual los afiliados al Sistema Privado de Pensiones que no han aportado a su AFP en los últimos seis meses podrán retirar hasta 2,000 soles de su fondo previsional.
Según la normativa publicada hoy de manera extraordinario en el Diario Oficial El Peruano, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) determinará las condiciones de atención de solicitudes y pago de afiliados, así como el procedimiento operativo para el cumplimiento de lo dispuesto.
Establece que los afiliados al SPP pueden realizar, por única vez, el retiro extraordinario de hasta 2,000 soles de su Cuenta Individual de Capitalización (CIC), siempre y cuando no acrediten aportes en los últimos seis meses consecutivos contados desde el 31 de marzo.
“Los afiliados al SPP que cumplan con el requisito antes señalado, pueden presentar su solicitud, ante su Administradora Privada de Fondos de Pensiones (AFP), de manera remota o utilizando para ello los canales establecidos por cada AFP”, señala la normativa.
Estipula que las Administradoras de Fondos Previsionales (AFP) deben poner a disposición el pago del monto señalado en el mes de abril.
“En caso la CIC cuente con un monto menor a 2,000 soles), la AFP debe poner a disposición del afiliado, el íntegro de dicha cuenta, en el mes de abril.
Vigencia
Las disposiciones del presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020