El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha oficializado el segundo reajuste de pensiones para los pensionistas de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú (PNP) en 2025, beneficiando a miles de retirados y sus sobrevivientes. Este incremento, promulgado mediante el Decreto Supremo N° 147-2025-EF, entró en vigor en julio y busca mejorar el poder adquisitivo de los beneficiarios.
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¿En qué consiste el reajuste de pensiones para FF.AA. y PNP en 2025?
El reajuste de pensiones aplica a los pensionistas del Decreto Ley N° 19846 y del régimen de Montepío, incluyendo al personal en situación de retiro de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, así como a sus sobrevivientes. Este es el segundo de tres ajustes programados para 2025, tras el primero implementado en enero mediante el Decreto Supremo N° 004-2025-EF. Los incrementos, que alcanzan hasta S/1.028,76, varían según el grado jerárquico del pensionista y son de carácter permanente y pensionable.
Montos del reajuste para oficiales
Los incrementos para el personal de oficiales del Ejército, Marina de Guerra, Fuerza Aérea y Policía Nacional se detallan según el rango alcanzado:
- General de división o equivalente: S/1.028,76
- General de brigada: S/1.004,52
- Coronel: S/829,02
- Teniente coronel: S/513,24
- Mayor: S/390,83
- Capitán: S/324,36
- Teniente: S/271,10
- Subteniente: S/265,57
Estos montos se aplican uniformemente en todas las ramas mencionadas, asegurando equidad en el ajuste.
Montos para técnicos y suboficiales
Para el personal de técnicos y suboficiales, los incrementos son los siguientes:
- Técnico jefe superior o suboficial superior: S/321,03
- Técnico superior: S/307,27
- Técnico de primera: S/285,71
- Técnico de segunda: S/267,84
- Técnico de tercera: S/253,15
- Suboficial de primera: S/245,40
- Suboficial de segunda: S/240,96
- Suboficial de tercera: S/237,38
Estos valores también se aplican a la Marina de Guerra, Fuerza Aérea y PNP, según el grado correspondiente.
¿Cómo se implementará el reajuste de pensiones?
La Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del MEF gestionará la actualización automática de las pensiones a través del Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP). El cálculo considera el grado remunerativo del pensionista al momento de su retiro, conforme al Decreto Ley N° 19846. En casos de pensiones de sobrevivientes, el incremento se distribuye proporcionalmente si hay más de un beneficiario, y si un pensionista recibe múltiples pensiones, el ajuste se aplica solo a la de mayor monto.











