Llegan Fiestas Patrias y con ellas la gratificación de julio 2023. Por eso, aquí te dejamos toda la información sobre este beneficio laboral, que las empresas del sector privado entrega a todos sus trabajadores dependientes.
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¿Quiénes reciben gratificación 2023?
La gratificación 2023 es una bonificación que se otorga a los trabajadores en planillas de todas las empresas privadas en el Perú. Según información oficial, tienen derecho a recibir gratificaciones:
- Todos los trabajadores sujetos a régimen privado.
- En el caso de trabajadores de pequeñas empresas, tienen derecho a media gratificación (en julio y diciembre).
- Aquellos trabajadores que laboren bajo el régimen agrario.
- Los trabajadores de las entidades públicas bajo el régimen laboral de la actividad privada.
¿Cuál es el monto de la «grati»?
Este bono consiste en el pago extra de un sueldo bruto más el 9 % de EsSalud o el 6.75 %, si es EPS. Para calcular tu gratificación 2023 y saber, de manera referencial, cuánto recibirás, sigue estos pasos:
- Ingresa a la Calculadora Laboral de Sunafil (Clic aquí).
- Luego, da clic en el botón Ingresar.
- Después, coloca los datos de la empresa en la que trabajas (RUC, Razón Social o Nombre Comercial).
- Ahora, coloca tus datos personales y da clic en el botón Ingresar.
- Coloca tus datos laborales y ¡listo! Ya sabes cuánto cobrarás.
¿Cuáles son las fechas de pago de la gratificación?
La gratificación se debe otorgar por disposición legal dos veces al año: el 15 de julio y el 15 de diciembre, en el marco de las celebraciones por Fiestas Patrias y Navidad, respectivamente. ¿Qué pasa si no me dan mi ‘grati’ en esa fecha?
En caso se cumpla el plazo y no hayan realizado el depósito, puedes denunciar el hecho ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). Para ello puedes comunicarte al 390-2780 o también podrás escribir al correo electrónico consultas@sunafil.gob.pe.
¿Si renuncio en junio me corresponde gratificación de julio?
De acuerdo a la disposición legal mencionada, todo trabajador tiene derecho de recibir su gratificación siempre y cuando haya tenido un mes completo de labores. Eso significa que si el pago es en julio y diciembre, el colaborador debe haber trabajado, como mínimo, en junio o noviembre. Además, cabe precisar que, si tienes menos de 6 meses trabajando, el monto será proporcional a los meses laborados.