La gratificación de julio 2025, también conocida como gratificación de Fiestas Patrias, es uno de los beneficios laborales más importantes para los trabajadores formales del Perú. A continuación, te explicamos de forma clara y precisa cuándo se paga, quiénes la reciben, cómo se calcula y qué ocurre en caso de incumplimiento.
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¿Qué es la gratificación de julio 2025?
Se trata de un pago adicional que las empresas del régimen laboral privado deben depositar a sus trabajadores en julio, de acuerdo con la Ley N° 27735. Además, se otorga una bonificación extraordinaria equivalente al aporte de EsSalud (9 %) o EPS (6,75 %).
¿Cuál es la fecha límite de pago?
El plazo máximo para depositar la gratificación de julio 2025 es el 15 de julio de 2025. Es importante señalar que si esta fecha cae en día no laborable, el depósito debe realizarse el último día hábil previo .
¿Quiénes reciben la gratificación de julio 2025?
- Trabajadores del sector privado bajo el régimen DL 728 con contrato indefinido, a plazo fijo o a tiempo parcial, activos al 30 de junio de 2025.
- Aquellos que hayan laborado al menos un mes durante el semestre enero-junio de 2025.
- Quienes finalizaron su vínculo laboral antes del 1 de julio no tienen derecho al beneficio.
¿Quiénes no reciben esta gratificación?
No califican para este beneficio:
- Funcionarios públicos (regímenes 276, 728, CAS), trabajadores del hogar, practicantes, contratistas independientes, locadores de servicios, personal informal o contratos especiales.
- Empleados de micro y pequeñas empresas bajo un régimen especial (Remype).
¿Cómo se calcula la gratificación de julio 2025?
El cálculo considera:
1. Remuneración computable
Se toma el sueldo mensual vigente al 30 de junio de 2025. Si hubieses recibido bonificaciones, comisiones u horas extras tres veces o más durante el semestre, se promedian y se suman.
2. Proporcionalidad por meses trabajados
Si laboraste los seis meses completos, recibes una gratificación completa. Si trabajaste menos, el monto es proporcional, calculado como (sueldo ÷ 6) × meses trabajados.
3. Bonificación extraordinaria
La gratificación incluye un extra del 9 % si estás asegurado en EsSalud o del 6,75 % si tu cobertura es EPS.
Ejemplo práctico
Un trabajador que gana S/ 2,000 mensuales, laboró durante todo el semestre y está cubierto por EsSalud, recibirá:
- Gratificación básica: S/ 2,000
- Bonificación (9 %): S/ 180
Total: S/ 2,180.
¿Qué conceptos no se incluyen?
No forman parte de la base de gratificación:
- Utilidades, viáticos, asignación familiar, movilidades, prestaciones alimentarias y gratificaciones extraordinarias voluntarias.
¿Se aplican descuentos a la gratificación?
No se afectan aportes a la ONP, AFP o EsSalud sobre la gratificación en sí. Sin embargo, la bonificación del 9 % o 6,75 % sí está sujeta al impuesto a la renta de quinta categoría.
En caso el empleado sea deudor alimentario, se permite retener hasta el 60 % del total como descuento legal.
¿Qué ocurre si la empresa no paga la gratificación?
El incumplimiento se considera una falta grave y genera sanciones:
- Multas para empresas no MYPE entre S/ 8,399.50 y S/ 139,742; para MYPE entre S/ 2,227.50 y S/ 22,275.
- Pago de intereses legales laborales por demora.
- Denuncia ante SUNAFIL, que dispone una plataforma virtual para este fin.