La Cámara de Comercio de Lima (CCL) recuerda que las empresas que no cumplan con depositar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta el 15 de mayo podrán recibir multas diferenciadas, ya que esto se considera una falta grave. Dichas sanciones podrían alcanzar hasta 139,742 soles.
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Además, si no entregan a los trabajadores la hoja de liquidación en un plazo de cinco días luego de realizado el depósito, también podrían ser multadas hasta con 84,102 soles, dado que esto se clasifica como una infracción leve. Este documento detalla cómo se ha calculado la CTS, según explicó Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la CCL.
Estas sanciones serán impuestas por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo N.° 008-2020-TR, que contempla tres escalas de multas diferenciadas según el tamaño de la empresa: micro, pequeña, y mediana y gran empresa (no mype).
¿Cómo se calcula la multa?
El monto de la sanción se determina en función del sector al que pertenece la empresa y la cantidad de trabajadores afectados, tomando como referencia la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, que es de 5,350 soles.
En el caso de micro y pequeñas empresas registradas en el Remype, las multas no pueden superar el 1% de los ingresos netos obtenidos en el ejercicio fiscal anterior, dentro de un mismo proceso sancionador.
La CCL ha elaborado un cuadro informativo en el que se detallan los rangos mínimos y máximos de las multas aplicables por infracciones leves y graves relacionadas con la CTS, según el tamaño de la empresa.











