El Gobierno promulgó el Decreto de Urgencia N° 047-2020 que establece medidas extraordinarias para reducir el impacto de las medidas de aislamiento social obligatorio en la situación fiscal de los gobiernos locales.
La norma, publicada hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, refiere también que con la transferencia de recursos se busca garantizar la continuidad de los servicios para atender la emergencia sanitaria, entre otras medidas.
El D.U. precisa que el objetivo de las medidas extraordinarias es reducir los efectos en la situación fiscal de los gobiernos locales por la menor recaudación de ingresos por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados y Recursos Determinados en los rubros Impuestos Municipales y Fondo de Compensación Municipal, como consecuencia de la medida de aislamiento social dispuesta con la declaración de Estado de Emergencia Nacional, así como de la Emergencia Sanitaria a escala nacional declarada mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA; y otras medidas para transferencias de recursos a la Cuenta Única del Tesoro.
La norma autoriza al Poder Ejecutivo a brindar apoyo a los pliegos gobiernos locales a través de transferencias de partidas, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para el financiamiento del gasto operativo esencial de dichos pliegos.
Subraya que para efectos del presente decreto de urgencia se considera gasto operativo esencial de los Gobiernos Locales, el gasto de las planillas del personal activo y pensionista, así como el gasto operativo vinculado a la prestación de servicios públicos que forman parte de las competencias de los gobiernos locales, tales como el saneamiento rural, seguridad ciudadana, atención de emergencias y reducción de vulnerabilidad, y gestión de residuos sólidos, que se encuentren enmarcadas en la Emergencia Sanitaria a escala nacional.