El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el cronograma anual mensualizado para el pago de remuneraciones y pensiones en la administración pública correspondiente al Año Fiscal 2026. La medida fue oficializada mediante la Resolución Viceministerial N° 0005-2025-EF/11.01, publicada en el diario oficial El Peruano.
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El dispositivo establece las fechas en que se efectuarán los depósitos de sueldos, pensiones y otros conceptos vinculados al personal del Gobierno nacional y de los gobiernos regionales, así como a los pensionistas de los regímenes 20530 y 19990. La norma también dispone que los anexos con el detalle del cronograma se publiquen en la sede digital del MEF.
Cronograma 2026 de pagos de remuneraciones en el sector público
El Anexo N° 01 contiene el cronograma de pagos anual mensualizado de remuneraciones para el 2026, a cargo de las unidades ejecutoras de los pliegos del Gobierno nacional y de los gobiernos regionales.
En el caso del sector Educación —incluidas las universidades— los pagos están previstos para el 21 de enero, 18 de febrero y 18 de marzo. En abril se abonará el 21; en mayo el 20; en junio el 17; en julio el 17; en agosto el 20; en setiembre el 17; en octubre el 20; en noviembre el 18; y en diciembre el 16.
Para sectores como la Presidencia del Consejo de Ministros, Transportes y Comunicaciones, Defensa, Poder Judicial, Ministerio Público, Economía y Finanzas, Justicia y Gobiernos Regionales, los depósitos iniciarán el 22 de enero, 19 de febrero y 19 de marzo. En los meses siguientes se pagará el 22 de abril, 21 de mayo, 18 de junio, 20 de julio, 21 de agosto, 18 de setiembre, 21 de octubre, 19 de noviembre y 17 de diciembre.
En el sector Salud, los abonos están programados para el 23 de enero, 20 de febrero y 20 de marzo; mientras que en abril será el 23 y en mayo el 22. El cronograma continúa el 19 de junio, 21 de julio, 24 de agosto, 21 de setiembre, 22 de octubre, 20 de noviembre y 18 de diciembre.
Asimismo, los sectores como Producción, Comercio Exterior y Turismo, ONPE, Fuero Militar Policial, Junta Nacional de Justicia, Jurado Nacional de Elecciones y Tribunal Constitucional tienen fechas que comienzan el 26 de enero, 23 de febrero y 23 de marzo, extendiéndose hasta el 23 de noviembre.
¿Qué conceptos incluye el cronograma de remuneraciones?
La norma precisa que el Anexo 1 comprende los pagos al personal bajo el régimen de Contrato Administrativo de Servicios (CAS), así como otros conceptos de carácter periódico y no remunerativo. Entre ellos figuran el estipendio por Servicio Civil de Graduandos (Secigra), el Servicio Rural y Urbano Marginal en Salud (Serums), propinas para practicantes, animadoras, alfabetizadoras y alumnos de escuelas militares y policiales.
También se establece que la bonificación por escolaridad y los aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad serán atendidos conforme a los meses previstos en el cronograma aprobado.
Cronograma 2026 de pensiones del Decreto Ley 20530
El Anexo N° 02 detalla el cronograma de pagos de pensiones del régimen del Decreto Ley N° 20530, a cargo de las unidades ejecutoras del Gobierno nacional y regional.
En Educación, los pensionistas recibirán sus abonos el 15 de enero, 12 de febrero y 12 de marzo. En abril será el 15; en mayo el 14; en junio el 11; en julio el 13; en agosto el 14; en setiembre el 11; en octubre el 14; en noviembre el 12; y en diciembre el 11.
Para el sector Interior, los pagos están programados el 16 de enero, 13 de febrero y 13 de marzo; el 16 de abril; 15 de mayo; 12 de junio; 14 de julio; 17 de agosto; 14 de setiembre; 15 de octubre; 13 de noviembre; y 14 de diciembre.
En el sector Salud, las fechas son 19 de enero, 16 de febrero y 16 de marzo; 17 de abril; 18 de mayo; 15 de junio; 15 de julio; 18 de agosto; 15 de setiembre; 16 de octubre; 16 de noviembre; y 15 de diciembre.
Cronograma 2026 de pensiones ONP (Decreto Ley 19990)
El Anexo N° 03 corresponde al cronograma de pagos de las pensiones del Decreto Ley N° 19990, financiadas con cargo al presupuesto de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
En este caso, los abonos en cuenta de ahorro se realizan de manera escalonada según la inicial del apellido paterno del pensionista. Por ejemplo, en enero los depósitos se efectuarán el 12 para apellidos de la A a la C; el 13 para D a L; el 14 para M a Q; y el 15 para R a Z. El pago a domicilio iniciará el 16 de enero y concluirá el 25.
En febrero, los depósitos en cuenta serán el 6, 9, 10 y 11, de acuerdo con el rango alfabético, mientras que el pago a domicilio se extenderá del 12 al 21. Este esquema se repetirá en marzo.
En los meses siguientes, el cronograma establece abonos entre los días 5 y 10, dependiendo del mes, y periodos de pago a domicilio que se prolongan hasta por diez días.
CTS, gratificaciones e indemnizaciones: ¿qué señala la norma?
La resolución del MEF indica que otras obligaciones relacionadas con remuneraciones y pensiones —como la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), gratificaciones del régimen del Decreto Legislativo N° 728 e indemnizaciones— se atenderán conforme a lo dispuesto en la legislación vigente.
Asimismo, se autoriza que las unidades ejecutoras con personal del régimen laboral 728 puedan efectuar el pago de remuneraciones y gratificaciones de julio y diciembre en una sola planilla, en la fecha que corresponda.
¿A qué fuente de financiamiento se aplica el cronograma?
El cronograma anual mensualizado es aplicable a las obligaciones financiadas con Recursos Ordinarios y otras fuentes que se centralizan y administran a través de la Cuenta Única del Tesoro Público (CUT).
La norma establece que el jefe de Administración, o quien haga sus veces en cada unidad ejecutora, es responsable de adoptar las medidas necesarias para garantizar el financiamiento oportuno y el adecuado registro de las operaciones en el SIAF-SP, bajo responsabilidad.
Con esta disposición, el Ejecutivo fija de manera anticipada las fechas de pago para trabajadores y pensionistas del Estado durante el 2026, permitiendo una mejor planificación financiera tanto para las entidades públicas como para los beneficiarios.







