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Bono por acogimiento familiar 2025: ¿de cuánto es y a quién le corresponde?

mayo 30, 2025
Autor: Victor Palacios

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El bono por acogimiento familiar 2025 en Perú es una iniciativa para proteger a niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad. Este subsidio, regulado por el Decreto Legislativo N.º 1297, busca garantizar un entorno seguro y digno para menores que no pueden vivir con sus familias de origen.

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¿Qué es el bono por acogimiento familiar 2025?

El bono por acogimiento familiar es una subvención económica otorgada a familias acogedoras que brindan cuidado temporal a menores en situación de desprotección familiar. Según el Decreto Legislativo N.º 1297, este programa prioriza el bienestar de niños y adolescentes, asegurando su derecho a crecer en un ambiente familiar. La ayuda se ajusta según las necesidades de los menores y la capacidad presupuestal del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP).

El 20 de mayo de 2025, se aprobó el registro de beneficiarios correspondiente al mes de abril, formalizando la entrega de este apoyo económico para promover la protección integral de los menores.

¿Quiénes pueden recibir la subvención económica?

Las familias acogedoras que deseen recibir el bono por acogimiento familiar 2025 deben cumplir ciertos requisitos establecidos por el MIMP. Entre ellos:

  • Ser evaluadas y aprobadas por un equipo interdisciplinario de la Dirección de Protección Especial.
  • Estar inscritas en el Banco de Familias Acogedoras del MIMP.
  • Completar la capacitación proporcionada por el ministerio.
  • Demostrar condiciones socioeconómicas que justifiquen la necesidad del apoyo.

Este programa está diseñado para menores con necesidades especiales o en situación de vulnerabilidad, garantizando cuidados personalizados mientras se resuelve su situación jurídica.

¿Cuál es el monto del bono por acogimiento familiar 2025?

Para abril de 2025, el MIMP asignó un presupuesto inicial de S/ 65.676,60 para la subvención económica. Sin embargo, tras la evaluación de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, se aprobó un monto total de S/ 840.762,98 bajo la Meta Presupuestal 0084. Este fondo cubre los gastos básicos y adicionales de los menores, según su edad y necesidades específicas.

¿Cómo se gestiona el programa de acogimiento familiar?

El MIMP es el encargado de diseñar e implementar el servicio de acogimiento familiar. A través de la Resolución Ministerial N° 058-2025-MIMP, se aprobó la Directiva N° 002-2025-MIMP, que regula la evaluación, capacitación y selección de familias acogedoras, así como el seguimiento de las medidas de protección. Este proceso asegura que los menores reciban atención adecuada en un entorno familiar temporal.

¿Dónde consultar más información?

La Resolución Ministerial N° 058-2025-MIMP y su anexo están disponibles en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el sitio web del MIMP (www.gob.pe/mimp). Para mayor información sobre cómo ser parte del Banco de Familias Acogedoras, puedes contactar al MIMP al teléfono 626-1600, anexo 7247, o visitar www.mimp.gob.pe/familiasacogedoras.

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Victor Palacios
Editor web de El Tiempo y La Hora. Periodista y fundador del equipo digital del diario El Tiempo. Comunicador con experiencia en Marketing Digital, Data Analyst, SEO, Web Design, Email Marketing e Ecommerce.
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