En un importante avance para los servidores públicos, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) ha oficializado el procedimiento para otorgar un bono excepcional de S/100 a los trabajadores del Decreto Legislativo N° 276. Esta medida, publicada en el diario oficial El Peruano, responde al Convenio Colectivo Centralizado 2025-2026 y beneficia a cerca de 600.000 empleados estatales.
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¿Qué es el bono de S/100 para empleados estatales?
El bono de S/100 es una bonificación excepcional establecida en la cláusula Décimo Segunda del Convenio Colectivo Centralizado 2025-2026, firmado a fines de junio entre el Poder Ejecutivo y cinco centrales sindicales. Este beneficio está dirigido a los trabajadores del sector público bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, y su entrega está programada para realizarse, como máximo, en enero de 2026. La resolución de Servir detalla los pasos para identificar a los beneficiarios, asegurando transparencia y cumplimiento normativo.
Características del bono
- No remunerativo: No está sujeto a cargas sociales ni es pensionable.
- No afecta beneficios laborales: No se incluye en el cálculo de otros beneficios.
- Fecha de pago: Se entregará, a más tardar, en enero de 2026.
- Beneficiarios: Aproximadamente 600.000 servidores públicos del régimen 276.
¿Quiénes pueden acceder al bono de S/100?
Para ser elegible al bono excepcional, los trabajadores estatales deben cumplir con requisitos específicos establecidos por Servir y validados por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). A continuación, detallamos los criterios según el tipo de entidad pública:
Requisitos para gobiernos nacionales y regionales
- Estar registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas (AIRHSP) del MEF al 30 de junio de 2025.
- Mantener un vínculo laboral vigente en la fecha de pago del bono.
Requisitos para gobiernos locales (municipalidades)
- Estar inscrito en el registro provisional del AIRHSP hasta el 30 de junio de 2025 o en la Planilla Electrónica (PDT y PLAME) administrada por el Ministerio de Trabajo.
- Contar con un vínculo laboral activo al momento del pago.
Además, las entidades públicas deben verificar que los beneficiarios no desempeñen cargos directivos ni de confianza, lo que requiere una opinión técnica de Servir antes de la autorización del MEF para la asignación de recursos.
¿Cómo es el procedimiento para recibir el bono?
El procedimiento para otorgar el bono de S/100 fue aprobado por el Consejo Directivo de Servir y publicado en El Peruano. Este proceso incluye:
- Identificación de beneficiarios: La Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública de Servir formuló una propuesta normativa para identificar a los servidores públicos elegibles, respaldada por la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil y la Oficina de Asesoría Jurídica.
- Verificación de cargos: Las entidades públicas deben confirmar que los trabajadores no ocupen posiciones de dirección o confianza.
- Opinión técnica: Servir emite una evaluación técnica para cada caso.
- Autorización del MEF: El Ministerio de Economía y Finanzas aprueba la asignación de recursos.
- Ejecución del pago: El trámite comenzará en diciembre de 2025, con pagos efectivos en enero de 2026.
Los detalles completos de este procedimiento están disponibles en la plataforma digital de Servir, donde se encuentra la resolución y su anexo.
Otros beneficios del Convenio Colectivo 2025-2026
Además del bono de S/100, el Convenio Colectivo incluye un aumento salarial de S/100 a partir del 1 de enero de 2026. Este incremento, a diferencia del bono, es remunerativo, está sujeto a cargas sociales, es pensionable y se incorpora a los beneficios laborales. Los regímenes beneficiados incluyen:
- Decreto Legislativo N° 1057 (régimen CAS).
- Ley N° 29709 (Carrera Especial Pública Penitenciaria).
- Decreto Legislativo N° 728 (Gobierno Nacional, regionales y locales).
- Decreto Legislativo N° 276 (gobiernos locales).











