El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) informó hoy que los documentos sobre pago de remuneraciones y beneficios sociales (boletas de pago, liquidación de utilidades, entre otros) pueden ser suscritos por los empleadores mediante el uso de la firma digital u otro tipo de firma electrónica.
El MTPE dijo que, excepcionalmente, durante el periodo de aislamiento social obligatorio (cuarentena) dichos documentos podrán ser suscritos a través de la firma escaneada.
Afirmó que tratándose de remuneraciones o beneficios sociales que se paguen a través de entidades del sistema financiero mediante depósito en cuenta, los empleadores pueden poner a disposición del trabajador los respectivos documentos aplicando las tecnologías de la información y comunicación.
Ello siempre que el medio utilizado garantice la constancia de la emisión del documento por el empleador y un adecuado y razonable acceso por parte del trabajador. En este supuesto, no se requiere la firma del trabajador en señal de recepción.
? El #MTPE, en atención al estado de Emergencia Nacional declarado mediante el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y prorrogado por el Decreto Supremo N° 051-2020-PCM debido a las consecuencia del brote del COVID-19, comunica lo siguiente: pic.twitter.com/B8jNtUzBxo
— Ministerio de Trabajo (@MTPE_Peru) April 2, 2020