Aumento de S/700 al sector público: qué trabajadores accederían a este incremento y desde cuándo

enero 19, 2026
Autor: SEO El Tiempo
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Los trabajadores del sector público han vuelto a colocar en el centro del debate una de sus principales demandas económicas, en un escenario marcado por el alza sostenida del costo de vida, el impacto de la inflación en alimentos y servicios básicos, y una persistente brecha salarial entre los distintos regímenes laborales del Estado. Con el inicio formal de la negociación colectiva 2026-2027, los gremios estatales buscan alcanzar un acuerdo que tenga un impacto directo en los ingresos de miles de servidores a nivel nacional.

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La propuesta ya fue presentada ante la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y se encuentra actualmente en evaluación por el Ejecutivo que lidera José Jerí. El pedido central es concreto: un aumento salarial de S/700 mensuales para todos los trabajadores del sector público, sin distinción de régimen laboral, con una fecha de aplicación definida que podría concretarse antes del cambio de gobierno, siempre que las partes lleguen a un consenso dentro de los plazos establecidos por ley.

Aumento de S/700: qué plantea la negociación colectiva del sector público

Empiezan a conocerse los primeros detalles de la negociación colectiva correspondiente al periodo 2026-2027. De acuerdo con el proyecto de Convenio Colectivo Centralizado, al que accedió Infobae Perú, el incremento solicitado figura de manera expresa en la denominada Cláusula Cuarta: Incremento Remunerativo.

El texto señala que el Gobierno convendría con las organizaciones sindicales un incremento de S/700 mensuales, efectivo a partir del 1 de enero de 2027, a favor de los servidores de todos los regímenes laborales del sector público. La propuesta no establece diferencias por tipo de contrato, nivel jerárquico o entidad, lo que la convierte en un aumento de carácter general.

Este planteamiento representa un cambio significativo frente a negociaciones anteriores. En el último proceso, los aumentos acordados fueron de S/100 y S/53, dependiendo del régimen laboral, montos que los gremios consideran insuficientes frente a la pérdida acumulada del poder adquisitivo.

Qué trabajadores del sector público serían beneficiados

Uno de los aspectos más relevantes del pedido es su alcance. El incremento de S/700 incluiría a los trabajadores comprendidos en los principales regímenes laborales del sector público, entre ellos:

  • Decreto Legislativo N.° 276
  • Decreto Legislativo N.° 728
  • Decreto Legislativo N.° 1057 (CAS)
  • Ley N.° 30057 (Servir)
  • Ley N.° 29709
  • Ley N.° 28091
  • Ley N.° 31991

El documento precisa, además, que el Estado mantendría el respeto y cumplimiento de los derechos laborales y beneficios remunerativos ya reconocidos, incorporando este incremento como una mejora generalizada. Para los sindicatos, esta medida permitiría reducir las brechas salariales entre servidores que desempeñan funciones similares dentro del aparato estatal.

Desde cuándo se aplicaría el aumento salarial

Según lo establecido en el proyecto de convenio colectivo, el incremento de S/700 tendría vigencia a partir del 1 de enero de 2027. Esto significa que, aun cuando el acuerdo se alcance durante el año 2026, su aplicación efectiva estaría programada para el inicio del siguiente ejercicio fiscal.

Este punto ha generado debate dentro del sector público, ya que algunos gremios consideran que el aumento debería aplicarse de manera más inmediata, teniendo en cuenta que la presión inflacionaria viene afectando los ingresos desde hace varios años.

Actualmente, el sueldo mínimo en el Perú equivale a unos USD 335,86, cifra que sirve de referencia para dimensionar el impacto del incremento solicitado, especialmente en los niveles más bajos de la administración pública.

Cómo avanza el proceso de negociación con el Gobierno

La Ley N.° 31188, que regula la negociación colectiva en el Estado, establece que el plazo máximo para alcanzar acuerdos es el 30 de junio del año en curso. En ese marco, la propuesta presentada en enero de 2026 podría definirse antes de la asunción del próximo presidente.

No obstante, el propio texto del convenio aclara que los plazos no son absolutos. “El ejercicio del derecho a la negociación colectiva no se limita de manera absoluta a los plazos referenciales”, señala el documento, precisando que las partes pueden continuar el diálogo más allá de las fechas establecidas si ello permite alcanzar acuerdos efectivos.

La iniciativa fue ingresada formalmente a la PCM el miércoles 7 de enero, lo que activa la etapa conocida como trato directo. De acuerdo con la normativa vigente, esta fase debe iniciarse dentro de los 10 días calendario posteriores a la presentación del pliego y puede extenderse hasta por 30 días desde su inicio.

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