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Jubilación anticipada no sería posible por candados en normas

Jubilación anticipada no sería posible por candados en normas
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Recuperar los fondos aportados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) con el nuevo Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) o la Jubilación Anticipada Ordinaria (JAO), tal y como están planteadas, sería complicado.Los especialistas consultados por este diario sostienen que los candados en la norma complican la situación de quienes deseen acogerse a la jubilación anticipada. Algunos creen que los requisitos son tan tediosos, que un aportante deberá esperar a cumplir 65 años de edad para poder jubilarse bajo los alcances del régimen general. Para el economista Williar Hidalgo, el Sistema de Privado de Pensiones (SPP) sigue fracasando por lo que cree que pocas personas van a cumplir con los requisitos para acceder a estos regímenes. “Ni con 30 años de aporte se garantiza que uno recupere el 50% de sus aportes. Uno se jubila y, si estaba ganando S/2.000 y va a recibir sus pensiones de la AFP y no llega a cobrar ni S/1.000”, indicó.

¿Por qué los cambios?

El exdecano del Colegio de Abogados, Manuel Palacios Novoa, señaló que en la nueva modificación al REJA y JAO, las AFP han querido hacer su lobby. “Las AFPS se han dando cuenta que se estaban desfinanciando y por eso han hecho este tipo de lobby para que pueda emitirse esta ley con estos candados porque, por otro lado los aportantes que somos muchos, queríamos que se mantenga el REJA, pero con estas nuevas cosas que se han aprobado, definitivamente que ponen más trabas para poder disponer de nuestros propios fondos”, dijo. Palacios recordó que, anteriormente un aportante que no cumplía con un determinado monto para retirar sus aportaciones tenía la facilidad de cubrir la diferencia y así retiraba todos sus fondos. El letrado refirió que a la fecha hay personas que desconocen hasta en qué nivel están depositando sus fondos y desconocen lo que se pierde en las inversiones que realizan las AFP. “Ellos (las AFP) entienden que somos muy malos administradores de manera tal que, al momento que llegue nuestra edad de cese o jubilación, nos entreguen, en parte, lo que nosotros le hemos venido depositando de manera mensual. A eso se le denomina pensión, pero al final, dependiendo del monto que uno haya depositado, recibe también su pensión que por lo general son mínimas y que ni siquiera alcanza para poder solventar necesidades básicas”, señaló. “Se ha desnaturalizado la norma y se iba a desnaturalizar otra vez y se puso estos candados para evitar que los aportantes sigan retirando o rescatando sus aportes; eso es desde el punto de vista de las AFP, pero desde el punto de vista del aportante, me parece injusto que ellos administren los fondos que se han descontado de manera mensual”, agregó. Dentro de las modificaciones de la JAO se ha establecido que el límite de edad de una mujer sea de 50 años y del hombre de 55. En el REJA se establece lo mismo. Esto, según Palacios no debería darse porque una persona que haya quedado desempleada antes de la edad que establecen los regímenes, le resulta más difícil encontrar otro trabajo y hasta que no cumpla la edad (50 o 55 años) no podrá retirar lo que aportó durante su tiempo de trabajo. En la JAO también se ha establecido que solo se puede aportar voluntariamente el 20% a la Cuenta Individual de Capitalización. Sin embargo,el economista Williar Hidalgo critica el límite interpuesto porque con estos ahorros se puede retirar los fondos. Además, antes los aportes eran voluntarios. También, los afiliados podrán aplicar al JAO siempre que obtengan una pensión igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 120 meses (10 años). A juicio del exdecano del Colegio de Economistas, Mario Arellano, el aportante no debería tener límites al recibir sus fondos. “Por ejemplo, si anualmente aportaba S/2.000, el 40% de S/2.000, es 800 soles. Te voy a devolver 800 soles cada mes. Al año son S/9.600. En 5 años solamente te devolverían 50 mil ¿y los otros aportes?”, interrogó. Tanto para Palacios como para Arellano, con todos los candados que tiene la JAO, va a ser complicadoque un aportante recupere el 95.5% de sus aportes. Incluso, no confían que el otro 4.5% cubra EsSalud.

Cambios en el reja

En el Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) se estableció que el aportante deba acreditar estar desempleado 12 meses o más. También, según la norma, si el aportante pagó impuesto a la renta por cuarta categoría, debió haber recibido ingresos menores a las 7 UIT (S/29.400) por año. Para el exdecano del Colegio de Abogados, estos requisitos solo generarán informalidad. Se obliga a una persona estar desempleada, no pagar impuestos o no declarar si ganan más del límite permitido. “Un afiliado que dejó de ser empleado se convierte automáticamente en independiente para el SPP. Estando no obligado a aportar, ¿por qué exigirle?” cuestionó el letrado. Cabe indicar que ambas normas reconocen un derecho a un bono de reconocimiento. En el REJA, se contempla que un aportante tiene derecho a un bono de reconocimiento a los dos años siguientes a su acogimiento o cuando el afiliado cumpla 65 años, aún cuando se haya agotado su Cuenta Individual de Capitalización. Para el caso de la Jubilación Anticipada Ordinaria, la nueva disposición otorga a lo aportantes un derecho a la redención del bono de reconocimiento a los 3 años siguientes de su acogimiento o cuando el afiliado cumpla los 65 años de edad.
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