El segundo pago del Bono Escolaridad de S/400 ya se encuentra disponible para miles de trabajadores del sector público en el Perú. Desde hoy, los beneficiarios pueden verificar con su DNI si acceden a este subsidio y conocer el lugar donde podrán cobrarlo.
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¿Quiénes pueden recibir el Bono Escolaridad 2025?
No todos los empleados públicos son elegibles para este beneficio. El Bono Escolaridad está dirigido específicamente a:
- Docentes y auxiliares nombrados o contratados bajo la Ley N.º 29944.
- Servidores públicos que laboran en el sector Educación y otras entidades estatales bajo regímenes especiales.
- Trabajadores en actividad durante el mes de pago (laborando, de vacaciones o con licencia con goce de haber).
- Beneficiarios de subsidios conforme a la Ley de Modernización de la Seguridad Social.
Además, se requiere una antigüedad mínima de tres meses consecutivos antes del abono del bono.
¿Cuándo se paga el Bono Escolaridad?
El pago del bono escolar comenzó el miércoles 18 de junio de 2025, según el cronograma oficial del Banco de la Nación. Este pago se realiza junto con el abono de sueldos del mes, por lo que la fecha puede variar ligeramente entre entidades.
El cronograma detalla los días exactos de pago para cada ministerio, gobierno regional o institución pública. Por ello, se recomienda consultar la programación específica de tu entidad para saber cuándo te corresponde recibir el depósito.
¿Dónde se cobra el Bono Escolaridad?
El subsidio se abona directamente en la cuenta bancaria del Banco de la Nación que utiliza cada trabajador para recibir su sueldo mensual. No es necesario realizar ningún trámite adicional para cobrarlo, siempre que cumplas con los requisitos establecidos.
En caso de no contar con una cuenta activa, la entidad empleadora puede gestionar el pago por ventanilla. Para ello, es importante estar atentos a los comunicados internos de tu institución.
Requisitos clave para acceder al Bono Escolaridad
Según las disposiciones oficiales, los criterios indispensables para recibir el bono escolar en junio son:
- Estar bajo un régimen legal aplicable, como el de la Ley N.º 29944.
- Laborar durante el mes del abono o tener licencia remunerada.
- Haber trabajado al menos tres meses antes del pago.
- No haber sido sancionado ni suspendido por faltas administrativas durante ese período.
¿Qué hacer si no recibes el Bono Escolaridad?
Si cumples con todos los requisitos y no has recibido el depósito, debes comunicarte con el área de recursos humanos de tu institución o presentar una solicitud formal de revisión. Asegúrate de tener a la mano tu constancia de trabajo, boletas de pago y cualquier documento que acredite tu situación laboral.