¡Lactario y bono 2024! En la Semana Mundial de la Lactancia Materna, que se conmemora los primeros días de agosto, es importante recalcar las obligaciones de los empleadores con las madres trabajadoras para que estas puedan extraer y conservar su leche materna durante el horario laboral. Además, las mamás afiliadas al Seguro Social de Salud (EsSalud) cuentan con un bono de lactancia, una prestación económica que el Estado otorga para contribuir con los gastos de alimentación del recién nacido durante sus primeros meses de vida.
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¡Lactario y bono en Perú 2024!
¿Qué es un lactario institucional?
Los empleadores tienen la obligación de proporcionar un espacio adecuado y seguro en el centro laboral, conocido como lactario institucional, para que las madres trabajadoras puedan extraer y conservar la leche materna durante su horario laboral. Esta disposición se estipula en el Reglamento de la Ley N° 29896, que establece la implementación de lactarios en las instituciones de los sectores público y privado, promoviendo la lactancia materna, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 023-2021-MIMP.
Requisitos para los lactarios en Perú
Los centros laborales con al menos 20 mujeres en edad fértil deben contar con un lactario. Este debe estar equipado con condiciones necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo un ambiente seguro y adecuado, alejado de áreas contaminadas o peligrosas. Además, se debe ubicar en un espacio físico de al menos 7.5 metros cuadrados que garantice la privacidad de las madres y contar con un equipamiento adecuado como mesas, repisas, sillas con abrazaderas, una refrigeradora exclusiva para la conservación de la leche materna, dispensadores de papel toalla, jabón líquido y depósitos con tapas para los desechos.
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¿Quiénes están obligados a instalar un lactario?
Aplicación de la normativa
La obligación de instalar un lactario institucional surge en cualquier empresa o entidad pública que cuente con al menos 20 mujeres cuyas edades se encuentren entre los 15 y 49 años. Este grupo incluye a trabajadoras dentro del rango etario independientemente de su régimen laboral e, incluso, a aquellas mujeres en edad fértil sin vínculo laboral que presten servicios en el centro de trabajo, como practicantes pre o profesionales, pasantes y locadoras de servicios.
Sanciones por incumplimiento
Las empresas que no cumplan con la obligación de implementar un lactario podrán enfrentar sanciones significativas. Las multas pueden ascender hasta las 26 unidades impositivas tributarias (UIT), lo que representa una penalización económica considerable.
Ventajas para las compañías
La implementación de lactarios institucionales representa varios beneficios para las compañías, tales como la mejora en el bienestar y salud de las madres trabajadoras y sus hijos, lo que puede resultar en una mayor productividad y menor ausentismo laboral. Además, facilita la conciliación entre la vida laboral y familiar, contribuyendo a un entorno de trabajo más equilibrado y positivo. El cumplimiento de la normativa legal también evitará sanciones y promoverá una imagen corporativa responsable y comprometida con el bienestar de sus empleados.
Impacto en la lealtad y satisfacción laboral
Habilitar un lactario institucional puede reforzar significativamente el vínculo entre la madre trabajadora y su organización. Al ofrecer estas facilidades, la empresa demuestra su compromiso con el bienestar y la conciliación familiar de sus empleados, aumentando la lealtad y la satisfacción laboral. Las madres trabajadoras se sienten apoyadas y valoradas, fortaleciendo su conexión y sentido de pertenencia a la organización.
Requisitos para acceder al bono lactancia
El bono de lactancia está dirigido a las madres trabajadoras que estén afiliadas a EsSalud y que hayan contribuido con al menos tres meses de aportaciones consecutivas o cuatro no consecutivas dentro de los seis meses previos al parto. Además, podrán acceder a este bono los padres asegurados cuyo hijo haya nacido y cuya madre no esté asegurada, siempre y cuando cumplan con los requisitos de aportación.
Monto y documentación necesaria
El monto del bono de lactancia actualmente es de 820 soles por cada recién nacido. Para solicitar este beneficio, se deberá presentar el DNI del solicitante (madre o padre asegurado), el acta de nacimiento original o copia certificada del recién nacido, y el formulario de solicitud del bono que se puede obtener en las oficinas de EsSalud o en su página web. El bono de lactancia se deberá tramitar dentro de los 90 días calendario posteriores al nacimiento del hijo. Si se presenta fuera de este plazo, se perderá ese derecho.
¿Cómo solicitar el bono de lactancia?
La solicitud del bono de lactancia se podrá efectuar en cualquier oficina de EsSalud o mediante los canales digitales que la entidad ponga a disposición de los asegurados. Este bono no solo busca apoyar económicamente a las madres trabajadoras, sino que también promueve la lactancia materna como un componente crucial para el desarrollo y la salud del recién nacido