Únete al Newsletter

Únete al canal de WhatsApp de El Tiempo

¿Habrá gratificación de 300 soles para el sector privado 2024?
septiembre 14, 2023
Autor: Redacción El Tiempo

Compartir:

En Perú, la gratificación 2024 es un beneficio económico obligatorio que los empleadores deben otorgar a sus trabajadores en julio (Fiestas Patrias) y diciembre (Navidad). Sin embargo, ¿habrá gratificación de 300 soles para el sector privado 2024 si laboran en el sector público?

PUEDES LEER ? LINK para calcular con DNI la CTS 2023 y la última que podrás retirar libremente

¿Gratificación de 300 soles para el sector privado 2024?

Según la ley, hay trabajadores en el sector público que también laboran en el sector privado y que, por derecho, le corresponde recibir gratificación en julio 2024 (por Fiestas Patrias) y diciembre (Navidad).

«Las entidades públicas que cuenten con personal del régimen laboral de la actividad privada se sujetan a lo establecido en la Ley n.° 27735, Ley que regula el otorgamiento de las gratificaciones para los trabajadores del régimen de la actividad privada por Fiestas Patrias y Navidad», se lee en el artículo 7.2 de la Ley de Presupuesto Público 2024.

Sin embargo, no será de 300 soles, sino de un sueldo completo, más el 9% que el empleador paga al Seguro Social de Salud (Essalud) o en la EPS donde esté el colaborador. Es decir, si ganas 1500 soles, cobrarás ese dinero más un 9% (+ 135 soles) adicional.

PUEDES LEER ? Bono gas vehicular requisitos 2023, LINK: Financiamiento y cómo obtener los S/ 1000

¿Qué trabajadores reciben la gratificación 2024?

La gratificación 2024 es un beneficio que se otorga a los trabajadores del sector privado que cuenten con un contrato indefinido, a plazo fijo o a tiempo parcial. Este beneficio debe pagarse máximo hasta el sábado 15 de julio. La Ley N° 27735 determina que los trabajadores tienen derecho a recibir gratificaciones siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:

  • Todos los trabajadores sujetos a régimen privado.
  • Los trabajadores que laboran en pequeñas empresas tienen derecho a recibir media gratificación (en julio y diciembre).
  • Aquellos trabajadores que laboren bajo el régimen agrario.
  • Los trabajadores de las entidades públicas bajo el régimen laboral de la actividad privada.
  • El colaborador debe estar laborando de forma efectiva en la oportunidad de pago o gozando de vacaciones.
  • El trabajador debe encontrarse en licencia con goce de haber, descansos médicos que originen el pago de remuneración, subsidio o en otros supuestos considerados por ley como efectivamente trabajados.
  • El colaborador debe haber trabajado como mínimo un mes en el semestre comprendido entre el 01 de enero y el 30 de julio del presente año.

¿Cuál es el tiempo mínimo de trabajo para recibir gratificación 2024?

Por lo menos debes haber trabajado un mes en la empresa, estando en planilla, según el Ministerio de Trabajo y promoción del empleo (MTPE). Este tiempo, te haría merecedor de la sexta parte de una gratificación completa. Por otra parte, en caso te encuentres trabajando por menos de un mes en planilla en el mismo mes en que se realiza el pago de gratificación, es habitual que lo correspondiente en ese tiempo se sume a la gratificación del siguiente periodo (Recuerda que julio y diciembre son las fechas en que se deposita este beneficio).

PUEDES LEER ? Séptimo retiro AFP 2023: ¿Cómo ver en AFP Profuturo mi estado de cuenta en Perú?

¿Qué pasa si no me depositan mi gratificación?

Si no se te deposita la gratificación hasta la quincena del mes respectivo, la empresa para la cuál trabajas puede recibir una multa de hasta 26.12 UIT (Unidades Impositivas Tributarias) la cuál supera los 120.000 soles y se pagará a la SUNAFIL.

Trabajadores del sector público que no reciben gratificación 2024

  • Los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo 276, la Ley 29944 y la Ley 30512.
  • Los docentes universitarios a los que se refiere la Ley 30220, el personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo 1153.
  • Los obreros permanentes y eventuales del sector público, el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
  • Servidores sujetos al régimen del Decreto Legislativo 1057 (CAS).

VIDEO RECOMENDADO

Más populares
[imagen_perfil_autor]
Redacción El Tiempo
Redacción El Tiempo. Autor de contenidos y de las últimas noticias del diario El Tiempo. Experiencia como redactor en varias temáticas y secciones sobre noticias de hoy en Piura, el Perú y el mundo.
[linkedin_autor]