El bono económico de acogimiento familiar es una subvención estatal dirigida a las familias que voluntariamente brindan acogida a menores en situación de vulnerabilidad. Esta medida busca asegurar que estos niños y adolescentes puedan vivir en un entorno protector y con las condiciones necesarias para su desarrollo integral.
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La entrega de este subsidio se enmarca en el sistema de protección establecido por el Decreto Legislativo N.º 1297, que delega al MIMP la responsabilidad de gestionar el servicio de acogimiento familiar. Este servicio contempla desde la selección y capacitación de las familias acogedoras hasta el seguimiento posterior del menor acogido.
¿Quiénes son los beneficiarios del bono de acogimiento familiar en 2025?
Los beneficiarios del bono económico de acogimiento familiar son aquellas familias que han sido previamente evaluadas, capacitadas y aprobadas por el MIMP para brindar acogida temporal a menores. Estas familias cumplen con una serie de requisitos establecidos por la Directiva N.º 002-2025-MIMP, normativa que regula todo el proceso de acogida familiar profesionalizada.
En general, los beneficiarios son:
- Familias acogedoras registradas y validadas por el MIMP.
- Personas naturales que asumen el cuidado de un menor sin vínculo de consanguinidad.
- Hogares que demuestren condiciones adecuadas para la crianza y bienestar del menor.
¿Cuánto es el monto del bono económico de acogimiento familiar en junio de 2025?
Según lo dispuesto por la Resolución Ministerial N.º 058-2025-MIMP, el monto total destinado a este bono en abril de 2025 fue de S/ 65,676.60. Este presupuesto ha sido financiado a través de la Meta Presupuestal 0084, con una disponibilidad total de S/ 840,762.98.
El monto asignado por familia puede variar según las características del menor acogido y la duración de la medida de protección. La subvención busca cubrir las necesidades básicas del menor, así como gastos educativos, de salud y alimentación.
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¿Cómo se realiza la entrega del bono económico de acogimiento familiar?
Una vez aprobado el padrón de beneficiarios, el MIMP gestiona la transferencia de fondos a las cuentas bancarias de las familias acogedoras registradas. Además, la lista oficial de beneficiarios y los detalles del bono son publicados en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano y en el sitio web del MIMP.
La entrega de este apoyo económico tiene carácter mensual y se mantiene durante el periodo que dure la medida de acogida, previa evaluación continua de la situación del menor y del hogar.