Reniec: fallecidos serían retirados de padrón electoral si no se inscribe su defunción
febrero 20, 2025
Autor: Actualidad El Tiempo

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El Reniec evalúa, retirar a los más de 8,000 fallecidos que aún figuran en el padrón electoral no cumplen con presentar el acta de defunción correspondiente.

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La jefa de Reniec, Carmen Velarde, informó que el registro ha desplegado una serie de estrategias para que los familiares de los 8 085 fallecidos que aún figuran en el padrón electoral, pero que, sin embargo, cuentan con el certificado médico de defunción, cumplan con tramitar el acta de defunción, y de esa manera puedan ser retirados del registro de votantes.

Detalló que se ha enviado cartas a estas familias, se está cruzando datos con el Ministerio de Relaciones Exteriores, para acceder a las actas de los peruanos fallecidos en el extranjero, en tanto equipos del Reniec viajan a los registros civiles de las comunidades nativas, con el mismo propósito, depurar al padrón electoral de fallecidos.

Asimismo, se ha solicitado una opinión a la Autoridad de Datos Personales, para publicar la lista de estos 8,000 fallecidos, de manera que las familias tomen conocimiento de esta situación, e inscribir la defunción.

“Después de todas las medidas tendremos que evaluar si nosotros debemos aplicar una especie de medida cautelar y retirar a estas personas del padrón electoral, o si el padrón debe salir con un aviso que (dicha persona) certificado médico de defunción, pero no acta de defunción”, afirmó.

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No obstante, Velarde Koechlin destacó que desde el 2021, cuando se realizaron las últimas elecciones generales, a la hecha se ha podido depurar del padrón electoral de 664,000 personas fallecidas, y eso se deba, en gran medida, al apoyo interinstitucional de las entidades del estado, como los hospitales del Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Medicina Legal.

Sobre los dos proyectos de ley presentados en el Congreso, uno de la congresista María del Carmen Alva, y el otro de la parlamentaria Martha Moyano, dijo que ambos son positivos y suman en el objetivo de depurar el padrón electoral.

El proyecto de Alva propone que si en 30 días de emitido el certificado médico de defunción, la familia no cumple con tramitar el acta de defunción, el hospital o la clínica se encargue de enviar obligatoriamente este certificado al Reniec, para que emita la partida correspondiente, y proceder al retiro del padrón.

Por su parte, Moyano plantea autorizar al registro a colocar anotaciones al costado del nombre, si esta persona cuenta con certificado médico de defunción, pero no de acta de defunción, e incluso de personas con requisitoria judicial.

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